Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) Subvenciones destinadas al FOMENTO DEL TURISMO para el año 2026

Centro Gestor: DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO - Oficina de Promoción Turística

Subvención, en régimen de concurrencia competitiva, a los municipios, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y otras entidades sin fines de lucro, con destino a la ejecución de proyectos que fomenten el desarrollo turístico de la provincia, a través de acciones que permitan difundir sus valores y atractivos turísticos, realizando cuantas actuaciones contribuyan al desarrollo y aprovechamiento de los recursos turísticos durante el año 2026.

Es compatible con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total del proyecto.

 

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA                                                                      

 555.000,00 €, con la siguiente distribución estimada:

 

GASTOS SUBVENCIONABLES                                                                     

Plazo y condiciones generales

  • Solo se admitirán gastos realizados y facturados en 2026.
  • Deben estar pagados antes del 15 de febrero de 2027.
  • Tienen que figurar en el presupuesto aprobado, estar directamente relacionados con la actividad subvencionada y pagarse por medios bancarios (no se admite efectivo).

Qué gastos se pueden subvencionar

1. Actividades de fomento del turismo (Línea 1)

  • Organización y promoción de eventos turísticos.
  • Actividades de promoción de recursos turísticos del municipio.
  • Publicidad y marketing (prensa, radio, TV, redes sociales, campañas digitales).
  • Material promocional (folletos, guías, merchandising).
  • Vídeos y creatividades de promoción turística.
  • Eventos singulares con interés histórico, cultural o identitario y relevancia turística.

2. Turismo en entornos acuáticos (Línea 2)

  • Actividades turísticas y de ocio en zonas de baño autorizadas.
  • Acciones para familias, ocio saludable y deporte acuático.
  • Actividades de sensibilización ambiental y puesta en valor del entorno natural.

Otros gastos admitidos

  • Gastos de personal:
    • Personal contratado específicamente para el proyecto: 100% subvencionable.
    • Personal propio: parte proporcional del trabajo realizado, con un máximo del 40% de su coste anual.
  • Servicios externos y profesionales (incluida subcontratación), con límites y requisitos legales.
  • Costes indirectos (luz, teléfono, seguros, alquiler, etc.): hasta un máximo del 10% de la subvención.
  • Dietas, desplazamientos y manutención: hasta un 10% de la ayuda y según importes oficiales.

Límites y obligaciones

  • El total subvencionado no puede superar el coste real del proyecto, sumando todas las ayudas.
  • Para gastos elevados será obligatorio pedir al menos tres presupuestos.
  • Los precios deben ajustarse al valor de mercado.

Gastos NO subvencionables

  • Bienes inventariables (ordenadores, mobiliario, equipamiento permanente).
  • Intereses bancarios y gastos judiciales.
  • Impuestos recuperables o compensables.
  • Impuestos personales.
  • Gastos de promoción interna de la entidad.
  • Publicaciones genéricas no vinculadas al proyecto.
  • Gastos pagados en efectivo.

 

 

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN                                                           

--> Presentación exclusivamente a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz.

--> Presentación de un único proyecto por entidad solicitante que deberá ser ejecutado durante el ejercicio 2026 y con la duración que se estipule en el mismo. En caso de que una entidad presentara más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la que haya tenido entrada en Diputación en primera instancia, inadmitiéndose las demás, salvo que estas tengan por objeto la subsanación de las presentadas con anterioridad.

  • ANEXO I. Solicitud cumplimentada en sede electrónica y a la que se adjuntará el resto de la documentación.
  • ANEXO II. Declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de cumplir con los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria .
  • ANEXO III. Identificación del proyecto, incluidos antecedentes objetivos, resultados, actividades, cronograma, presupuesto total del proyecto diferenciando previsiones de financiación y gastos y desglosando, en su caso, las distintas aportaciones tanto de fondos propios como de subvenciones, transferencias o aportaciones de otros entes públicos o privados para el proyecto objeto de la solicitud. 
  • Justificante de solicitud de alta o de modificación de datos en el registro de terceros de Diputación, en el caso de aquellas entidades que no estén inscritas en el mismo o que, estando inscritas, deseen modificar los datos que constan en dicho registro. Para ello deberán presentar, a través de la sede electrónica, seleccionando la Delegación de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio y el trámite "solicitud de alta de tercero", el modelo de alta de terceros y el de certificación bancaria.
  • Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como con la Diputación de Badajoz y la Seguridad Social, en el caso de que el interesado deniegue expresamente su consentimiento para que el órgano gestor recabe directamente los mismos.

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos se requerirá de la entidad interesada para que, en un plazo de diez días, subsane las deficiencias o presente los documentos omitidos.

 

 

CUANTÍAS MÁXIMAS DE LAS SUBVENCIONES                                          

Límite máximo por beneficiario, según la línea solicitada:

  • Línea 1 – Fomento del turismo: hasta 4.000 €.
  • Línea 2 – Turismo en entornos acuáticos: hasta 7.000 €.

En todos los casos:

  • La subvención no podrá superar el importe solicitado ni cubrir gastos que no sean subvencionables.

  • El presupuesto del proyecto no podrá exceder esos importes máximos, salvo que se indique claramente financiación adicional (aportación propia u otras ayudas públicas o privadas) en los anexos correspondientes.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN                                                                       

LÍNEA 1 · Fomento del Turismo

  • Puntuación máxima: 100 puntos.
  • Puntuación mínima para obtener subvención: 60 puntos.
  • La solicitud debe cumplimentarse solo en el Anexo III y respetar los límites de caracteres (el incumplimiento supone una penalización del 10% de la puntuación).

Criterios de puntuación

  • Calidad técnica del proyecto (hasta 40 puntos)
    • Descripción clara de antecedentes, objetivos y actividades.
    • Justificación del proyecto y adecuación al entorno.
    • Duración del proyecto (hasta 9 puntos).
    • Que incluya varias actividades y no una actuación aislada.
  • Prioridades de la Diputación (hasta 60 puntos)
    • Tamaño del municipio (más puntos a municipios pequeños).
    • Mejora de la competitividad turística: Turismo de naturaleza, Turismo cultural, Turismo enogastronómico.
    • Medidas de difusión y promoción (publicidad y marketing).
    • Contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (Agenda 2030).

Cálculo de la cuantía

  • El presupuesto total se reparte de forma proporcional a la puntuación obtenida.
  • En ningún caso se superarán los límites máximos:
    • Municipios y ELM: 4.000 €
    • Entidades sin ánimo de lucro: 2.500 €
  • Si quedan fondos disponibles, se realizarán repartos sucesivos entre los proyectos mejor valorados hasta agotar el crédito.

LÍNEA 2 · Turismo en entornos acuáticos

  • Puntuación máxima: 50 puntos.
  • Puntuación mínima para obtener subvención: 20 puntos.

Criterios de puntuación

  • Claridad y coherencia del proyecto.
  • Complementariedad con las actuaciones de promoción de la Diputación.
  • Duración del proyecto.
  • Que incluya varias actividades y no sea una actuación aislada.
  • Impacto territorial y público al que se dirige.
  • Aprovechamiento turístico del entorno acuático.
  • Medidas de difusión y promoción.

 

--> Si el total de solicitudes admitidas no supera el crédito disponible, se concederá el importe solicitado, con un máximo de 7.000 €.

--> Si se supera el crédito, se repartirá de forma proporcional a la puntuación, con el mismo límite máximo de 7.000 €.

 

RESOLUCIÓN                                                                                                     

Plazo máximo: 3 meses desde la finalización del plazo de solicitudes.

 

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN                                                              

La resolución de concesión podrá modificarse, a petición del beneficiario, si ocurren circunstancias sobrevenidas e imprevisibles que alteren las condiciones originales, sin desvirtuar los objetivos de la subvención ni perjudicar a terceros.

  • La solicitud debe presentarse antes de que finalice el plazo de ejecución.
  • No podrá implicar una valoración inferior del proyecto o cambios en los plazos de realización, facturación o pago.

Las solicitudes deben presentarse motivadas, por sede electrónica, e inmediatamente tras producirse la causa. 

 

PAGO DE LA SUBVENCIÓN                                                                           

Se establece aplicable la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos.

 

JUSTIFICACIÓN                                                                                                 

Plazo

  • La justificación debe presentarse antes del 15 de febrero de 2027.
  • No se admiten pagos en efectivo.
  • Los pagos deben estar debidamente justificados y vinculados a facturas.

Forma de remisión de la justificación: Solo de forma electrónica, a través de la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, a través del trámite Anexo VI. Remisión de la justificación.

Justificación técnica

  • Memoria final firmada, con: Actividades realizadas, gastos y resultados; declaración de que la subvención se ha destinado a su finalidad; Información y pruebas de la difusión de la ayuda (uso del logotipo de la Diputación); Comunicación de otras subvenciones recibidas.
  • Anexo de indicadores (Anexo X).
  • Si los archivos son muy grandes, se solicitará acceso a la plataforma Mercurio.

Justificación económica

  • Se justifica el importe concedido (y, si hay cofinanciación, también los fondos propios u otras ayudas).
  • Certificado del Secretario/a (Anexo V).
  • Relación de gastos financiados y cofinanciados.
  • Carta de pago del ingreso de la Diputación.
  • Los documentos deben ser digitales, aunque los originales deben conservarse.

Prórroga

  • Puede solicitarse antes de que termine el plazo, solo por causas justificadas.
  • La prórroga no amplía el plazo de ejecución del proyecto.

 

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y otras entidades sin fines de lucro de la provincia de Badajoz que cumplan los siguientes requisitos:

1. En el caso de municipios y entidades locales menores:

  • Estar ubicados en la provincia de Badajoz.
  • Disponer de zona de baño autorizada por el Servicio Extremeño de Salud en 2026, únicamente para las solicitudes de la línea 2.
  • No estar incursos en prohibiciones para obtener subvenciones (art. 13 de la Ley General de Subvenciones).
  • Estar al corriente de sus obligaciones: Con la Hacienda provincial,  Agencia Tributaria, Seguridad Social y en el reintegro de subvenciones.

La presentación de la solicitud autoriza a la Diputación a comprobar de oficio el cumplimiento de estas obligaciones, salvo que se deniegue expresamente, en cuyo caso deberán aportarse los certificados correspondientes.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS                                                   

Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones generales previstas en la normativa de subvenciones y, en particular, las siguientes:

  • Ejecutar el proyecto y los gastos exactamente en las condiciones aprobadas en la convocatoria.
  • Comunicar cualquier cambio o incidencia en el desarrollo de la actividad y solicitar autorización si es necesario modificar el proyecto.
  • Facilitar las labores de control y comprobación que realice la Diputación de Badajoz.
  • Dar publicidad a la subvención recibida, incluyendo el logotipo y la imagen corporativa de la Diputación en todo el material gráfico, digital o audiovisual del proyecto, conforme al manual oficial.
  • Aportar, en la justificación, material gráfico y documental que acredite el uso de la imagen corporativa de la Diputación.
  • Utilizar medios electrónicos para aportar la documentación justificativa; no se admitirá documentación en papel.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto y reintegrar el exceso si se supera su coste total.
  • Cumplir cualquier otra obligación recogida en las bases de la convocatoria.

Plazo de solicitud: Abierto
Desde el 16-12-2025 hasta el 05-01-2026
 

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